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La Orden 25/07/2016 la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los centros públicos de educación especial en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y en el Decreto 3/2008 de 8 de enero sobre Convivencia escolar en Castilla la Mancha, en su artículo 6 regula las características que deben contener las normas de convivencia, organización y funcionamiento de los centros de Educación.
A partir de esta normativa básica, y de la que exponemos en los siguientes puntos se ha confeccionado el siguiente documento. Estas Normas de convivencia, organización funcionamiento están basadas en el respeto a los derechos y en el cumplimiento de los deberes y obligaciones de todos los componentes de la comunidad educativa.
Han sido elaboradas con la participación de los distintos miembros de la comunidad intentando ser lo más clarificadoras posible para la organización diaria del propio centro educativo.
Es necesario crear en el centro un ambiente que posibilite al máximo el rendimiento escolar a nivel instructivo, así como el clima social que permita a todos los miembros de la comunidad sentirse libres, valorados, respetados y a gusto.
Cualquier grupo humano que quiera entenderse, hacer algo en común, convivir, necesita una normativa que, por consenso, vele por los derechos de los más débiles, impida los abusos y anule los privilegios.
Desde el Consejo Escolar del Centro se nombran las diferentes comisiones, entre ellas la Comisión de Convivencia, estará formada por:
oDirectora o jefa de estudios (secretaria de la comisión).
oUn representante de EOA.
oUn representante del profesorado.
oUn representante de los padres y madres.
oUn representante de personal administración y servicios.
La elección de los miembros de la Comisión de Convivencia se realizará, en las sesiones de Constitución del Consejo Escolar, cuando se realicen elecciones de renovación parcial. La elección se realizará de forma voluntaria en cada uno de los sectores del Consejo Escolar. De no haber ningún voluntario se realizará por medio de una votación dentro de cada sector.
La Comisión de Convivencia tendrá como responsabilidad la de asesorar a la dirección del Centro y al conjunto del Consejo Escolar en el cumplimiento de lo establecido en el Decreto de convivencia, canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para prevenir, evitar el conflicto, mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia.